agradecemos la labor que hacen nuestro compañeros de de la Escuela Segoviana de Socorrismo, que día a día a día luchan por defender esta profesión asi como sus principios. Nos ha parecido interesante compartir una publicación suya ya que nosotros tambien nos sentimos identificados y apoyamos su labor.
Recientemente hemos tenido conocimiento de varias resoluciones
administrativas y judiciales al respecto, parte de esa documentación
puede consultarse en
este enlace.
También la Asamblea General de la Federación Española de Salvamento y
Socorrismo (FESS) intentó el pasado año desintegrar a la FASS , lo que
fue contestado por la FASS en un comunicado aludiendo (
ver comunicado)
a su paralización ante un proceso contencioso abierto. Finalmente, la
FESS ha aprobado el pasado 27 de Marzo la desintegración de la FASS (
ver noticia),
Vamos a hacer un intento de resumen de los puntos relevantes de todo
este embrollo, que con todas las reservas, sería más o menos el
siguiente, dada la complejidad del asunto y sus posibles repercusiones
jurídicas:
– El presidente de FASS ha sido inhabilitado por un año.
– La Junta de Andalucía ha nombrado una Junta Gestora y FASS tiene que repetir todos los procesos electorales desde el año 2000.
– Esta Junta Gestora tiene también que hacer una auditoría económica. Según algunas informaciones, aunque no hemos podido confirmarlas, FASS presuntamente tendría una deuda superior a 500.000€.
– La FESS desintegra a la FASS,
es decir la separa de su estructura, y asume la gestión deportiva en
Andalucía, aunque al parecer, que por un proceso
contencioso-administrativo esta acción está paralizada de momento.
– Tanto la Junta de Andalucía como el Defensor del Pueblo Andaluz
han emitido resoluciones contra la FASS y otras empresas asociadas, por
utilizar logotipos oficiales de forma fraudulenta en las acciones de
formación, así como por información no veraz en la publicidad de los
cursos, como indicar que tenían reconocimiento oficial o mayor validez.
No es el objetivo de esta entrada tratar los aspectos ni de
organización interna, ni de la relación entre las Federaciones; ni
tampoco los aspectos relativos a las actividades deportiva y de
competición del Salvamento Deportivo, que son de competencia
exclusivamente federativa, sino que queremos intentar analizar lo que
puede suponer en particular todo este batiburrillo para el Socorrista
Profesional que se formó con FASS o alguna de las empresas que tenían
acuerdos de formación y para todos aquellos que tienen un certificado de
formación como Socorrista Profesional avalado por FASS.
En definitiva, surgen preguntas como las siguientes:
– ¿Qué ocurre con los Certificados de formación como Socorrista Profesional avalados por la FASS?.
– ¿Tienen estos certificados validez y serán reconocidos para el ejercicio profesional?.
– ¿Tienen los afectados que hacer alguna acción para asegurar su ejercicio profesional con dichos certificados?.
Empecemos por decir que en Andalucía no existe una normativa que
regule el ejercicio del Socorrismo Profesional, -como sí existe en
Galicia, por ejemplo-, y tampoco un registro de profesionales sanitarios
en el que hayan de registrarse, -como sí lo hay en Madrid- y que, en la
práctica, se admite prácticamente cualquier certificado de formación no
reglada.
Merece la pena detenernos en el contenido del
comunicado de FASS publicado el 19/02/2016. En él se dice textualmente lo siguiente:
“Respecto
a las formaciones relacionadas con el salvamento y socorrismo, SALVANDO
SU CARÁCTER DE HABILITACIÓN VALIDA A EFECTOS LABORALES -E
INDEPENDIENTEMENTE DE SU MAYOR O MENOR CALIDAD Y CONTENIDO EN FUNCIÓN DE
LAS HORAS, MATERIAS Y EXPERIENCIA DEL PROFESORADO QUE LA IMPARTE, para
que tengan carácter federativo OFICIAL EN EL ÁMBITO DE ANDALUCÍA tienen
que estar canalizadas por la Federación Andaluza de Salvamento y
Socorrismo, careciendo de validez FEDERATIVA OFICIAL EN EL ÁMBITO DE
ANDALUCÍA aquellas formaciones de empresas privadas que haciendo uso de
LA EXCLUSIVA Y ÚNICA APROBACIÓN BAJO EL ÚNICO logo EXCLUSIVO de la
Federación Española no hayan homologado su formación DE ACUERDO A LOS
CRITERIOS FORMATIVOS Y DEPORTIVOS DE la Federación Andaluza de
Salvamento y Socorrismo en territorio Andaluz.”
Lamentablemente, este párrafo tiene una redacción que puede dar lugar
todavía a una mayor confusión, pero cuando se lee con detenimiento,
vemos que hay dos partes bien diferenciadas:
Por un lado, la segunda parte del comunicado (marcada en verde)
indica que la formación no tiene validez en el ámbito federativo
-aclaremos:
exclusivamente en el ámbito deportivo y organizativo
interno de la FASS o de su relación con el resto de las estructuras
federativas-, salvo que dicha acción formativa estuviera homologada
por la FASS o cumpla con sus criterios formativos, -insistimos, del
ámbito deportivo-, por tanto, esto no debería afectar en manera alguna
al ejercicio profesional del Socorrismo.
Por otro lado, las primeras líneas, que están marcadas en rojo, indican que los certificados
sí tienen una habilitación válida para el ejercicio profesional. Es decir:
si obtuviste la certificación de Socorrista Profesional y tu “diploma” lo ha expedido la FASS, podrás seguir trabajando como hasta ahora. Del
mismo modo, si el certificado lo expidió directamente alguna de las
empresas, en lugar de la FASS, tendrá exactamente la misma validez
dentro del ámbito laboral, como formación no reglada.
Una vez más, recordar lo que el Consejo Superior de Deportes dijo ante una consulta al respecto:
“Las personas que superen el curso de socorrista acuático de la Federación Andaluza de Salvamento y Socorrismo (FASS)
obtendrán un Diploma y NO una titulación oficial y por tanto la validez
y legalidad de dichas acciones se amparan en el ámbito del Derecho
privado”. Tampoco está de más consultar esta página del CSD acerca de las homologaciones, convalidaciones, equivalencias y correspondencias.
Y volvemos a insistir:
todas las certificaciones o diplomas
de formación no reglada tienen la misma validez en el ámbito laboral,
sea cual sea la entidad que los expida.
Ahora bien, hay un punto a destacar en la alusión que la FASS hace en
su comunicado respecto a esta formación, cuando se refiere a
“su mayor o menor calidad y contenido en función de las horas, materias y experiencia del profesorado que la imparte”.
Porque ese es precisamente el aspecto que debería de marcar
la gran diferencia a la hora del ejercicio profesional. Porque
desde ese mismo ámbito federativo se debería haber apostado por la
calidad y ser en la referencia formativa del sector; mimbres de sobra
tenían para ello.
Sin embargo, hace más de 20 años, fueron otras entidades las que
dieron el salto y ahora ocupan esa posición de referencia; algunas en la
gestión del Socorrismo como un negocio empresarial honesto que puede
generar beneficios sin perder de vista los principios y protocolos por
los que se rige nuestra actividad, -y aquí podríamos citar unas cuantas
personas y empresas-; y otras en cuanto a la generación de contenidos
técnicos y docentes, -y aquí también podríamos citar otras tantas,
incluso federativas-. Lamentamos decir que, aparentemente, menos de las
que serían deseables están en el ámbito federativo que, a pesar de lo
que por su historia podría ser, dista mucho de ser la referencia técnica
del sector mientras que entidades pequeñas y de ínfimos recursos como
la
Escuela Segoviana de Socorrismo, sí han contribuido a elevar de modo significativo el nivel profesional de sus contenidos formativos, técnicos o de prevención.
No en vano, en la
Escuela Segoviana de Socorrismo
llevamos ya muchos años (desde 1996) diciendo que lo primero que hay
que mirar del diploma de Socorrismo es la parte de detrás y el programa
de formación, dónde vienen reflejados los contenidos, horas reales de
formación, el perfil del profesorado y el ámbito profesional para el
que sirve la formación impartida.
En segundo lugar, como en cualquier puesto de trabajo, hay que
evaluar los conocimientos y capacidades reales del Socorrista. Porque su
capacitación y desempeño dependen no sólo de la calidad de la formación
recibida, que es un factor importante, sino también del propio
Socorrista, de cómo haya sido su interés por formarse adecuadamente,
aprender de sus profesores y mantener sus conocimientos frescos y al
día. Ya en 1998 la ESS publicó un estudio sobre el
Perfil del Socorrista Profesional de Segovia que destacaba que el factor del interés personal era el que mostraba tener más peso en la calidad profesional del Socorrista.
Sin embargo, la cada vez mayor oferta de
cursos “low-cost”, a distancia, o
totalmente “on-line”,
que lo que fomentan es poco más que el intercambio de dinero por un
certificado, tiran por tierra cualquier interés que pueda tener un
futuro Socorrista de trabajar duramente para formarse en condiciones.
¿Para qué hacerlo si es más cómodo y barato pagar y listo?.
Que la FASS haya estado, según parece, 15 años haciendo de su capa un
sayo; que desde el ámbito federativo se siga mezclando insistentemente
el deporte con la profesión; se sigan ofreciendo las
“licencias” para ejercer la actividad profesional (aunque se ofrezcan lo que en realidad son cuotas de asociado, como
“licencias profesionales”
aliñadas con un seguro de responsabilidad civil, algo que ni es
obligatorio ni parece necesario); que se siga promulgando la falsa mayor
validez de unas u otras certificaciones; que se continúen ofreciendo
“convalidaciones” y
“homologaciones”
de certificados de otras entidades, que en realidad son cursos de 25 ó
30 horas, que sin perjuicio de la formación que impartan, en la
práctica
suponen cambiar el certificado actual por otro certificado de validez similar al
que ya se tenía (por cierto, con una tasa nada barata por cierto, entre
180 y 230€). En fin, nada de eso ayuda a clarificar el panorama.
Que tantas empresas privadas sigan ofreciendo formación que no
cumple, por ejemplo, los requisitos exigidos por la normativa de la
Comunidad de Madrid y que la respuesta de la administración que luego
los valida se diga que no pueden hacer nada; que no haya ni siquiera una
mínima labor inspectora que verifique los casos que se denuncian porque
ya de entrada la propia publicidad del curso incumple de modo flagrante
dicha normativa; que el Socorrismo siga sin una regulación que cubra
todo el ámbito estatal y que las comunidades autonómicas vayan cada una
por su lado, planteando un intrincado panorama de desigualdades y
quebraderos de cabeza para Socorristas y empresas; que los convenios
recorten los sueldos y se cuestione la necesidad del Socorrista o le
asignen otras funciones… y podríamos seguir enumerando puntos… Todo eso
no augura nada bueno ni para el Socorrismo como profesión, ni como
sector laboral, ni como actividad técnica y docente y se refleja
claramente en los cursos de formación.
El alumnado de los Cursos de Socorrismo ha caído una media del 50% en los últimos cinco años, y eso como mínimo.
Es el momento de que este embrollo se aclare de una vez, y que cada
vez más desde el sector se haga presión al respecto. Es el momento de
exigir que el Socorrismo Profesional tenga un reflejo normativo que sea
uniforme en toda España, contemplando las diferentes necesidades de los
distintos entornos acuáticos y que el sistema de formación y contenidos y
su evaluación esté regulado y se gestione de manera uniforme, (sin
obviar la vía de la formación reglada a través de los módulos de
formación profesional o los certificados de profesionalidad, que dan de
sí para una entrada aparte).
Muchas veces hemos debatido, aunque sin coincidir en su idoneidad, acerca de un sistema similar al de las
autoescuelas,
en dónde el contenido de la formación está regulado, cuenta con varios
niveles y dónde la evaluación y la certificación las lleva a cabo un
sistema externo e independiente del formador. Con la perspectiva actual
quizá no sea tan descabellado que se implemente un sistema parecido en
Socorrismo Profesional.
La responsabilidad del Socorrista.
No queremos cerrar esta entrada sin apelar a los propios Socorristas.
Son muchas las consultas que todos los años recibimos preguntando por
éstos y otros aspectos y la mayoría son reiterativas. Sentimos decirlo,
pero a veces nos preguntamos si es que los Socorristas somos tontos en
el aspecto laboral. ¿Es que no sabemos buscar y leer el convenio que
regula nuestra actividad y establece las tablas salariales, la jornada y
otros aspectos cruciales que debemos conocer?. ¿Es que por el hecho de
ser mayoritariamente una actividad temporal o estacional tenemos que
soportar condiciones laborales que en cualquier otro sector similar
(p.e. la hostelería) pondrían a los sindicatos en pie de guerra?. ¿Por
qué caemos en la trampa de la “validez”; las “convalidaciones”; las
licencias; o tragarnos sin más los: “este diploma aquí no vale”…?, etc.,
etc.
Socorrista Profesional: ¡No te dejes engañar por las medias verdades y las redacciones ambiguas!.
¡Infórmate!; ¡Pregunta!; ¡Consulta!; ¡Ve a Consumo!; ¡Exige!; ¡Denuncia, si es necesario!. ¡Pero no piques!.
Y sobre todo: no compres un papel, porque mañana puedes caer en la
impericia, al no saber lo que por tu posición profesional deberías dominar, y estamos hablando de vidas.
¡Compra la mejor formación que puedas; la estás pagando y debes exigir que sea excelente!.
TEXTO EXTRAIDO: http://sossegovia.com/federacion_revuelta_socorristas/
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